Editorial
El pasado mes de junio, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres, equidad que el texto legal define como “la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil”. De entre los criterios generales de actuación de los poderes públicos en el desarrollo de la política para la igualdad, enuncia el Anteproyecto, entre otros, “la protección de la maternidad, con especial atención a la asunción por la sociedad de los efectos derivados del embarazo, parto y lactancia”. En realidad, la carga de la futura Ley, a aprobar por las Cortes Generales en este último trimestre del año, descansa no en las arcas del Estado, no en la sociedad en su conjunto; tan sólo y, como viene siendo costumbre, en la mujer.