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Hugo Chávez en 2005 (foto de Marcello Casal; fuente: wikipedia)

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Carlos Malamud es Catedrático de Historia de América Latina de la UNED e investigador principal del Real Instituto Elcano

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Análisis/Política y sociedad latinoamericana
Los temores de Hugo Chávez al fuego amigo: del acoso a la oposición a evitar deserciones bolivarianas
Por Carlos Malamud, martes, 4 de enero de 2011
Tras los resultados de las elecciones legislativas de septiembre de 2010, que dejaron a las fuerzas chavistas sin mayoría cualificada en la Asamblea Nacional, el gobierno se lanzó en las últimas semanas del año a una verdadera carrera por aprobar un conjunto de leyes con la intención de reducir en términos prácticos el resultado de la derrota electoral. Esto hizo Hugo Chávez en otras oportunidades, como cuando volvió a convocar un referéndum para la reelección indefinida, o cuando creó nuevas figuras administrativas por encima de autoridades locales o regionales electas por la oposición. Esto volvió a ocurrir en diciembre de 2010 con la aprobación de una nueva “ley habilitante” (que permite legislar por decreto), de la “ley resorte” (controla los contenidos de internet) o de una ley contra el transfuguismo político (“saltar la talanquera” como se dice coloquialmente en Venezuela), entre otras.
En esta oportunidad me ocuparé de la reforma parcial de la ley de partidos políticos, reuniones públicas y manifestaciones, publicada en la Gaceta Oficial venezolana el 23 de diciembre de 2010. En esta modificación parcial se introdujeron una serie de artículos (26 al 30) destinados a dificultar a los legisladores electos su cambio de filiación política, con la amenaza de ser inhabilitados. Lo curioso del caso, es que el principal objetivo de este medida es más el mantenimiento de las propias fuerzas, evitando deserciones, que el intento premeditado de debilitar a la oposición. Como señaló claramente durante el debate parlamentario Cilia Flores, la presidente de la Asamblea Nacional, dirigiéndose al pequeño grupo de legisladores que habían roto con el oficialismo: “Con esta ley les tumbamos sus intenciones de que otros hagan lo que ustedes hicieron”. Es decir, ser elegidos por el oficialismo pero comportarse como oposición.

Para poder comprender con exactitud los objetivos del presidente Hugo Chávez al impulsar esta reforma es necesario detenerse brevemente en su contenido. El art. 26 dice que todos los ciudadanos electos quedan sujetos “al compromiso electoral plasmado en el programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral al momento de inscribir su candidatura”. Como ocurre con el Fausto de Goethe, el pacto es para siempre y debe ser respaldado con la vida misma, o con el cargo. Sin embargo, como se ve en los artículos posteriores de la reforma, su único objetivo son los diputados de la Asamblea Nacional y no los restantes cargos electos. Por eso, según el art. 27, todos los diputados responderán ante el electorado, tanto por “sus conductas y acciones en el desempeño de sus funciones parlamentarias”, no sólo dentro sino también fuera de la Asamblea Nacional. El art. 28 va al meollo de la cuestión al definir cuando los parlamentarios comenten “fraude a los electores” y se define como fraudulenta “toda conducta reiterada que, en el desempeño de las funciones parlamentarias, se aparte de las orientaciones y posiciones políticas presentadas en el programa de gestión como oferta electoral”.

Como se desprende de los contenidos de la propia reforma está va directamente dirigida a cohesionar a las fuerzas propias más que a golpear a los enemigos

Estas conductas son definidas en el art. 29: 1) “Votar en contra de los postulados del programa… en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica”; 2) “Hacer causa común con contenidos y posiciones políticas contrarias a la oferta del programa” o “con fuerzas políticas contrarias a los movimientos sociales u organizaciones políticas que respaldaron el programa”; y 3) “Separarse del Grupo Parlamentario de Opinión perteneciente a la organización política o social que lo postuló, para integrar o formar otro Grupo Parlamentario de Opinión contrario al programa”. Finalmente, en el art. 30 se establece la sanción frente al fraude: “la suspensión o inhabilitación parcial” si la solicita un número de ciudadanos no menor del 0,1% de los inscritos. Pese al reducido número de votantes que pueden pedir la defenestración de un diputado, la solicitud “deberá acompañarse de una exposición de motivos donde se expongan los argumentos que la soportan”.

La diputada por el Movimiento Ecológico a la Asamblea Nacional, Pastora Medina, señaló que la reforma electoral, presentada a la discusión con solo un día de antelación, tiene dos lecturas “una, la situación real de los diputados del PSUV [el oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela], y la segunda sería la de amarrar a los diputados nuevos de la oposición para que cualquier concha que pisen lo puedan detener o inhabilitarlo”. Sin embargo, como se desprende de los contenidos de la propia reforma está va directamente dirigida a cohesionar a las fuerzas propias más que a golpear a los enemigos.

En la lógica militar amigo/enemigo con que Hugo Chávez maneja la política de su país, se trata de limitar los efectos de la crisis profunda del sistema que se avizora. La nueva devaluación del bolívar en la recta final de 2010, en un contexto de persistente inflación y de mantenimiento de la depresión económica pese al aumento de los precios del petróleo, es sólo una señal de dificultades mayores. En este contexto no es difícil que comiencen las desafecciones y por eso los grandes temores de Chávez de quedarse cada vez más sólo. De ahí que el único tratamiento para los desertores y los traidores, y traidor es todo aquel que no está con la causa, es su expulsión del grupo parlamentario. Es mucho lo que se juega en 2011, de vista a las cruciales elecciones presidenciales de 2012, donde el actual presidente espera volver a ganar para seguir gobernando Venezuela durante seis años más.
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